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Aspectos generales 1997-2004 

1.1.- Tarifa horaria para servicios en O-M

Se autoriza al suministrador para que celebre con los usuarios de tarifa O-M que así lo soliciten, convenios que les permitan incorporarse a la tarifa H-M.

NOTA: Lo anterior con base en el Resolutivo DÉCIMO del Acuerdo que autoriza el ajuste y reestructuración de las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de noviembre de 1991.